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La ley y los psicotécnicos: algunas consideraciones.

El tema de la ley en relación a los psicotécnicos tiene varias aristas. Vamos a mencionar algunas de ellas:

 

  • Las empresas tienen derecho legal a convocar a un psicotécnico a un colaborador que este con licencia psiquiátrica para indagar si la misma tiene fundamento. Si el colaborar se niega, enviándole una carta documento está obligado a presentarse a la evaluación.
  • Si un postulante pide la devolución de su evaluación, tiene derecho legal a recibirla. Por supuesto es conveniente que la misma sea entregada de una forma que preserve al postulante, considerando las particularidades de su personalidad. Una entrevista de devolución consideramos lo mas indicado.
  • La información de una evaluación no es herramienta que sirva ante un litigio legal. Por ejemplo, los informes de aptitud para la portación de arma, evalúan si el postulante al día de la fecha de la evaluación está en condiciones de portarlas. Si luego acontece algún incidente de relevancia, legalmente el profesional no queda comprometido.
  • Hay países donde no está permitido realizar evaluaciones psicotécnicas ya que suele considerárselo como una invasión a la privacidad. No obstante, si una organización empresarial con sede en Argentina está pensando en evaluar a un postulante que se encuentre por ej, en Miami, lo puede hacer si cuenta con una metodología online.
  • Resulta aconsejable antes de realizar una evaluación Online, hacer que el postulante acepte legalmente que la consultora interviniente tiene derecho a trabajar con sus producciones.

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